Ratio Legis – Regularizar lo irregular

11 JUN

Hugo Antolín, 1º ELU

En su pasada visita al Congreso, su Santidad el Papa León XIV reafirmó la necesidad de discernir la importancia de la persona humana, concretamente estableció que: “Este discernimiento comienza por una afirmación primera: toda sociedad auténticamente justa se edifica sobre el reconocimiento de la dignidad inviolable de la persona humana”. Cobran aún más fuerza sus palabras en el contexto del proceso de regularización extraordinaria puesto en marcha por el Gobierno español en los primeros meses de 2026. El presente artículo, más que un debate sobre la dimensión antropológica del hombre dentro del derecho, busca clarificar y dotar de orden al Real Decreto 316/2026.

Ahora bien, la norma vigente que mencionamos no nació como un Real Decreto, sino como una Iniciativa Legislativa Popular (ILP), la manifestación democrática que implica a la población en el proceso legislativo. El mecanismo de la ILP permite presentar propuestas o proyectos de leyes ordinarias para que sean tomadas en consideración dentro del Parlamento español. En su regulación dentro de nuestro Ordenamiento Jurídico se fijan los siguientes requisitos para poder si quiera proponer el proyecto de ley: al menos 500.000 firmas en un plazo de nueve meses, con mínimos territoriales por Comunidad Autónoma, y exclusión expresa de materias reservadas a Ley Orgánica. La regularización extraordinaria nació de una ILP con 711.593 firmas brutas, creada e impulsada por la organización #RegularizaciónYa y apoyada por instituciones, asociaciones y ONGs como Cáritas, CONFER o la propia Iglesia Católica.

Su importancia no es menor, España alberga en torno a 800.000 y 950.000 personas en situación administrativa irregular, una realidad social que el ordenamiento jurídico había ignorado sistemáticamente como objeto de regulación desde 2005. La trayectoria de la ILP de regularización y un apoyo parlamentario de 310 votos a favor frente a 33 en contra, constituye, además, un caso de estudio sobre los límites y posibilidades de la democracia participativa en el marco constitucional español.

Más de 900 organizaciones por todo el país se movilizaron para lograr alcanzar los requisitos mencionados de la ILP. Finalmente, el proyecto fue presentado en el Parlamento y aprobado de manera íntegra y unánime, a excepción de los 33 escaños del grupo parlamentario Vox. Pese a su aprobación, el proyecto fue abandonado en el aire por la falta de un calendario de tramitación y debate en torno al tema de la inmigración. Podemos entender que, en plena victoria de la candidata Ursula Von der Leyen cuyo enfoque partidista sobre la inmigración combina un fuerte énfasis en la seguridad fronteriza y el control de flujos con la apertura hacia la migración económica regulada, quedó en el aire una respuesta concreta al proyecto y a su procedimiento.

El desbloqueo llegó, paradójicamente, no por la vía legislativa que la propia ILP propugnaba, sino mediante un acuerdo entre el PSOE y Sumar que se materializó en la aprobación, por el Consejo de Ministros de 27 de enero de 2026, del inicio de la tramitación urgente de un real decreto de regularización extraordinaria. El decreto definitivo se aprobó el 14 de abril de 2026, entrando en vigor el 16 del mismo mes.

Así, nos encontramos con un Real Decreto que pretendía modificar una norma ya existente, añadiendo dos nuevas cláusulas para la regularización. La primera vía, regulada en la Disposición Adicional.

Vigésima, se dirige a personas extranjeras en situación administrativa irregular que se encontrasen en España antes del 1 de enero de 2026. No quedan comprendidos quienes se hallen en situación de estancia o residencia regular, es decir, no pudiendo optar a dicha regularización estudiantes o turistas. La segunda vía, contenida en la Disposición Adicional Vigesimoprimera, beneficia a los solicitantes de protección internacional cuya solicitud hubiera sido formalizada o presentada antes de la 1 de enero de 2026 nuevamente. Se trata de un colectivo en situación de especial vulnerabilidad, cuyo procedimiento de asilo podía hallarse en tramitación durante meses o incluso años sin resolución definitiva.

Sin embargo, la regularización no viene sola. La norma plantea dos requisitos materiales para poder acceder a la tramitación: el solicitante debe acreditar su presencia en territorio español antes del 1 de enero de 2026, con una permanencia ininterrumpida de al menos cinco meses en el momento de presentar la solicitud; y carecer de antecedentes penales tanto en España como en los países de residencia durante los últimos cinco años, no representar una amenaza para el orden público, la seguridad nacional o la salud pública. En caso de encontrarse en España durante los últimos cinco años, no será exigible acreditar el requisito de antecedentes penales en el país de origen. Finalmente, el Real Decreto permite la regulación simultánea de hijos menores de edad o mayores de edad con discapacidad y cónyuges o familiares ascendientes.

Para proceder con su regularización, los inmigrantes en situación de irregularidad tienen hasta el 30 de junio de 2026 para proceder a su solicitud por vía telemática o presencial. Del mismo modo, el gobierno planteó una serie de facilidades, dado que desde la admisión a trámite de la solicitud, el interesado queda habilitado provisionalmente para residir y trabajar en España, tanto por cuenta propia como ajena, lo que constituye un elemento de notable relevancia práctica para evitar la vulnerabilidad laboral del período de tramitación.

Un estudio reveló una profunda división y, al mismo tiempo, una gran desinformación. Un estudio elaborado por el Centro de Investigaciones Sociológicas afirma que un 37,6% de la población valora positivamente el plan de regularización, mientras que un 33% se muestra negativo ante dicho proyecto. Así pues, el porcentaje restante se compone de opiniones intermedias o de indecisión.

Como estudiantes y futuros líderes del país debemos de tomar una posición basada en el rigor y el entendimiento. La desinformación es una realidad que lleva a la polarización de la juventud y de toda la población española en su conjunto. Por ende, debemos de abrirnos al continuo debate e intercambiar ideas fundamentadas, no bajo un respaldo ideológico, sino con argumentos e ideas que puedan beneficiar al bien común. No es una cuestión de etiquetas políticas, ni de clases, sino de una población que debe mantenerse unida respecto a uno de los millones de debates críticos que afrontaremos, quizá en otra edición de Ratio Legis. Nos vemos en la próxima entrega.