Ratio Legis – El drogado, el coche y el muerto

27 MAR

Guillermo Pierres, 3º de ELU

Imaginemos la escena. Son las tres de la madrugada. Un individuo —llamémosle Mike— lleva en el cuerpo una cantidad de sustancias que haría palidecer al toxicólogo de guardia. Mike decide, con la serena confianza que solo proporciona… la química orgánica en estado avanzado, que conducir su automóvil es una excelente idea. Kilómetros después, el automóvil de Mike y un peatón tienen un encuentro que ninguno de los dos había planificado. El peatón no sobrevive. Mike sí.

Pregunta: ¿de qué responde Mike? Quiero decir : ¿qué tipo de delito se le aplicaría?

Respuesta: depende. Y aquí empieza lo interesante.

La distinción que nadie explica bien

El derecho penal distingue entre matar queriendo, matar sin querer y matar sin querer del todo. En el primer caso, hablamos de dolo directo: yo apunto, yo disparo, yo sé lo que hago. Limpio. Terrible, pero limpio en términos jurídicos. A los que estudiamos derecho nos suele facilitar mucho la vida.

En el segundo caso, hablamos de imprudencia, esto es, de un daño no deseado ni aceptado causado a un tercero que podría haberse evitado.

Pero es el tercer caso —el que nos ocupa— en el que la cosa se complica.

El homicidio imprudente parte de una premisa relativamente amable para el acusado: Mike no quería matar a nadie. Mike ni siquiera pensó, con seriedad, que mataría a alguien. Se comportó como un idiota grave, sí. Infringió el deber objetivo de cuidado que cualquier persona mínimamente razonable habría respetado, desde luego. Pero el resultado —la muerte— no fue algo que Mike deseara, sino algo que Mike ni se planteó; o que, colocado como un piojo, descartó. La doctrina lo llama culpa consciente: soy perfectamente consciente del riesgo, pero confío —contra toda evidencia y contra cualquier sentido común— en que no pasará nada. El prototipo humano es conocido: el conductor que adelanta en curva y piensa, con fe casi religiosa, que el carril contrario estará vacío.

Esto marca la diferencia entre imprudencia y dolo eventual. Te lo explico a continuación.

El dolo eventual: cuando la indiferencia se convierte en crimen

Es aquí es donde el derecho penal produce uno de sus momentos más elegantes.

El dolo eventual parte de una observación psicológica bastante incómoda: hay personas que, al actuar, no quieren el resultado dañoso, pero tampoco lo rechazan. Lo contemplan. Lo calculan. Y dicen, para sus adentros —o quizás no dicen nada en absoluto, que también es una respuesta—: me da igual. O, en su versión más elaborada: si pasa, pasa; yo sigo.

La fórmula clásica es la de Frank, jurista alemán de principios del siglo XX, que con admirable sequedad lo planteó así: si el sujeto hubiera previsto el resultado como seguro, ¿habría actuado de todos modos? Si la respuesta es sí, hay dolo eventual. Si la respuesta es no —si el sujeto hubiera detenido el coche, hubiera bajado la pistola, hubiera hecho algo— entonces hay culpa consciente.

Dicho de otro modo: el dolo eventual no castiga al que quiere matar. Castiga al que, ante la perspectiva de matar, encoge los hombros.

Y el encogimiento de hombros, en derecho penal, sale caro.

Mike al volante: el tribunal delibera

Volvamos a Mike y su aventura farmacológica nocturna. Los hechos son los siguientes, y son los que los tribunales españoles, tristemente, han tenido que resolver en supuestos similares con notable frecuencia.

Mike sabe —porque no es completamente ajeno al funcionamiento del mundo— que conducir bajo los efectos de estupefacientes deteriora gravemente los reflejos, la percepción y el juicio. No lo sabe en abstracto: lo sabe de manera bastante concreta, en la medida en que esa misma tarde ha consumido las sustancias en cuestión y tiene plena consciencia de en qué estado se encuentra. Sin embargo, Mike coge el coche. Circula por zona urbana. A una velocidad inadecuada.

¿Hay dolo eventual? Los tribunales tienden a responder: depende del nivel de consciencia del riesgo y de la actitud psicológica ante él.

Si Mike consumió hace seis horas, quizás ya no percibía con claridad sus propias limitaciones. Culpa consciente grave, muy probablemente. Si Mike consumió hace veinte minutos, está en el pico, y conduce a fondo: el panorama se oscurece. El Tribunal Supremo español ha reconocido el dolo eventual en supuestos de conducción bajo los efectos de estupefacientes cuando concurren circunstancias cualificadas: consumo reciente, alteración evidente, velocidad excesiva, entorno urbano con presencia de peatones. En esos casos, el tribunal argumenta que el sujeto representó la posibilidad del resultado lesivo y, al no detener su conducta, lo aceptó, aunque ese aceptar signifique simplemente no haber hecho nada para evitarlo.

Por qué esto importa más de lo que parece

La diferencia no es académica. En el Código Penal español, el homicidio doloso —incluido el cometido con dolo eventual— lleva penas de diez a quince años. El homicidio imprudente grave, de uno a cuatro. La distinción entre un ciudadano libre dentro de dos años y un ciudadano libre dentro de doce depende, en estos supuestos, de la reconstrucción judicial de un estado mental que el propio acusado probablemente no recuerda con precisión.

Esto debería producir cierto vértigo. Y en efecto lo produce; en el banquillo, en el acusado y en los penalistas.

La conclusión lúcida

El derecho penal, en su infinita desconfianza hacia el ser humano no se conforma con preguntar qué hiciste. Pregunta, también, qué pensabas mientras lo hacías. Y más aún: qué no pensabas, y si esa ausencia de pensamiento fue accidente o fue, en algún sentido oscuro, elección.

El dolo eventual es la respuesta jurídica a una pregunta moral que resulta, vista de cerca, bastante perturbadora: ¿en qué momento la indiferencia ante el sufrimiento ajeno se convierte en algo que merece el mismo nombre que el crimen deliberado?

La respuesta del derecho es implacable: en el momento en que, pudiéndolo evitar, decidiste no hacerlo. No porque quisieras el resultado. Sino porque, en el fondo, no te importaba lo suficiente como para no quererlo.

Mike no quería matar a nadie. Pero tampoco quería, con suficiente intensidad, que nadie muriera.

Y eso, su señoría, es suficiente.

#don’tFreeMike